
Hay personas que abren una cuenta bancaria con la intención de guardar sus ahorros o gestionar su patrimonio en el futuro. Algunas de estas cuentas pueden quedar sin movimientos durante años, ya sea por olvido, fallecimiento del titular o falta de gestión. En estos casos, la normativa establece que el dinero puede pasar a manos del Estado.
Al igual que Hacienda puede imponer sanciones por determinadas operaciones en efectivo o por transferencias entre familiares, también tiene mecanismos legales para hacerse con el control de aquellas cuentas que se consideran abandonadas. Esta posibilidad está regulada por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
En su artículo 18, titulado “Saldos y depósitos abandonados” (puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado), se recoge expresamente que, si una cuenta bancaria o producto financiero permanece sin actividad durante un determinado plazo, el dinero puede incorporarse al Patrimonio de la Administración General del Estado, previa comunicación por parte de la entidad financiera.
En qué casos puede Hacienda quedarse con todo el dinero de una cuenta bancaria
El artículo 18 de la Ley 33/2003 establece que los saldos de cuentas bancarias, depósitos, libretas de ahorro y otros bienes depositados en entidades financieras —como bancos, cajas, sociedades o agencias de valores— que no hayan sido gestionados en un plazo de 20 años pasarán a ser propiedad de la Administración General del Estado.

Esta medida se aplica cuando, durante dos décadas, el titular no ha realizado ninguna acción que implique el ejercicio de su derecho de propiedad. Es decir, no basta con que la cuenta genere intereses automáticamente: debe haber movimientos voluntarios como ingresos, retiradas, transferencias o cualquier otra gestión directa.
Para evitar que la cuenta sea considerada abandonada, es necesario realizar alguna operación que demuestre que el titular sigue controlando los fondos.
Además, la ley obliga a las entidades financieras a comunicar al Ministerio de Hacienda la existencia de estos depósitos inactivos, siguiendo las directrices establecidas por dicho departamento. También deben reflejar estos saldos en sus informes de auditoría, dejando constancia de los fondos que no han registrado movimiento alguno en 20 años.
¿Qué ocurre con el dinero que se queda Hacienda?
El dinero procedente de cuentas bancarias abandonadas no se destina al gasto ordinario del Estado, sino que tiene un fin social concreto. Según establece la ley, se utiliza para financiar programas dirigidos a mejorar las condiciones educativas de las personas con discapacidad, así como para fomentar la accesibilidad universal en entornos, servicios y procesos.
La gestión de estos fondos corresponde a la Dirección General del Patrimonio del Estado, que puede administrar los bienes, conservarlos o enajenarlos mediante el procedimiento que considere más adecuado, según su naturaleza.

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