
El Banco de España ha emitido una advertencia clara a todos los que dispongan de una cuenta bancaria sea corriente, de ahorros o remunerada. Y es que las entidades están ya en disposición y habilitadas para bloquear las cuentas de aquellos clientes que no cumplan con las obligaciones de identificación, pero también en el caso de que Hacienda lo requiera para cobrarse posibles deudas.
Esta es una normativa que acaba de entrar en vigor, desde el recién concluido mes de mayo. Así, y lejos de ser una acción arbitraria, tiene como objetivo reforzar los mecanismos de prevención de blanqueo de capitales y proteger la integridad del sistema financiero nacional.
Hacienda y el Banco de España intensifican los controles sobre los movimientos bancarios
La realidad es que Hacienda lleva tiempo con la propuesta de aumentar el control sobre los movimientos de todos los ciudadanos. Y este 2025 está siendo la confirmación de ello. Porque María Jesús Montero y su ministerio siguen detrás del fraude fiscal, la economía sumergida y también están encima de los españoles que forman parte de su llamada ‘lista negra’.
Por tanto, y bajo orden de la Agencia Tributaria, el Banco de España tiene la opción de cancelar las cuentas bancarias y las tarjetas, tanto de débito como de crédito, de los deudores y los que ignoren los requerimientos de la Administración.
Hacienda empezará a bloquear las cuentas bancarias de deudores de su ‘lista negra’
Lo hacen con el objetivo de perseguir el fraude fiscal, por el que desde Hacienda han puesto el foco en los movimientos y en las transacciones bancarias que los ciudadanos puedan realizar. Por ejemplo; a partir de los 3.000 euros, los bancos tendrán que notificar a Hacienda y a partir de los 6.000 se podrá abrir un expediente. También se investigarán los casos en los que haya billetes de 500 euros de por medio.
Aquí, según lo estipulado en el artículo 162 de la Ley General Tributaria, y como ya especificaran las propias entidades bancarias, se alerta de que el control será todavía mayor, por lo que quien no cumpla con todos los requisitos puede ver cómo su cuenta o sus operaciones quedan totalmente bloqueadas o inutilizadas.
Estas normas van desde tener la documentación de identidad en regla hasta justificar el origen del dinero que hayamos recibido. Además, las entidades bancarias pueden requerir documentación complementaria en casos en los que, por ejemplo, haya varios titulares en una misma cuenta.
Cifras superiores a los 600.000 euros
Esta acción está dirigida especialmente a aquellos que, en algún momento, han recibido notificaciones relacionadas con irregularidades fiscales. Según la ministra, aquellos deudores que tengan una considerable deuda con la Agencia Tributaria, o quienes hayan ignorado requerimientos previos de regularización, serán los primeros en experimentar estas restricciones.
Actualmente, la barrera para esta ‘lista’ negra se sitúa en deudas superiores a los 600.000 euros, según el artículo 95 bis de su misma normativa. En esas, y a partir de ella, dará igual que sean personas físicas que jurídicas: si debe más de la mencionada cantidad a la Agencia Tributaria, el deudor aparecerá en ella, lo que aumentará significativamente el riesgo a que la AEAT bloquee sus cuentas.
Cabe mencionar que antes el límite para aparecer en la 'lista negra' era de un millón de euros, una cifra que muchos consideraban excesiva, por lo que hace algunos años se decidió que los que saldrían en este ranking serían los que adeudasen una cifra superior a los 600.000 euros.

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