
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 20.000 euros a una inmobiliaria que ordenaba a sus trabajadores grabar vídeos y realizar fotografías de los buzones de las casas que visitaban. De este modo, se considera que estaban realizando una recopilación ilegal de información y datos personales de los propietarios.
Según publica Idealista, se vulneraron los artículos 6 y 14 del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos). Además, esta situación fue denunciada por un trabajador de estas empresas de compra venta de inmuebles, que fue despedido. Explicó, como indica esta fuente, que sus jefes convocaron una reunión para pedirles los nombres y apellidos de los vecinos que aparecían en los buzones para elaborar una base de datos. Y, como destaca la resolución, “no se les proporcionó a los titulares ninguna información sobre el tratamiento de los datos recabados”.
La AEPD ha sancionado con 20.000 euros a la empresa una vez que analizó los datos aportados por el denunciante que eran 3 fotografías por lo que “se entiende que se habría producido una captación con nombres, apellidos y dirección de los buzones sin el consentimiento de los titulares de los datos para su tratamiento”.
Además se aportó una conversación grabada entre el ya ex trabajador y una de sus superioras en las que se informa del despido ya que desde el primer momento se negó a seguir estas instrucciones.
La inmobiliaria sabía que era ilegal
Según la información que consta en los documentos oficiales a los que ha tenido acceso el diario Sur, la empresa sabía que esa práctica era ilegal y así se lo hizo saber al trabajador. “Ahora mismo es la única forma que tenemos de hacer zona y sintiéndolo mucho no vamos a poder llegar a otros cuerdo, quería avisarte de que tenemos que prescindir de ti”.
En ese momento, el ex empleado insistió en que lo que estaban pidiendo era ilegal a lo que la empresa rebatió que “no tenemos otra forma de trabajar” y que al no estar de acuerdo “no podemos hacer otra cosa”.
Cuando la denuncia llegó a la Agencia Española de Protección de Datos, se pusieron en contacto con la empresa, pero estos negaron haber dado instrucciones a los trabajadores para que tomasen imágenes de los buzones. No negaron la existencia de una base de datos pero, en ese sentido, dijeron que había sido elaborada con su consentimiento.
10.000 euros de sanción por cada infracción detectada
La agencia pública encontró por lo menos el registro completo de un particular en la base de datos. Esta información estaba guardada con la etiqueta ‘Colaborador interno, gestión directa’. Cuando le preguntaron, la inmobiliaria explicó que los datos estaban en un directorio de internet, que era público. Pero la AEPD señaló que era imposible porque los datos como el número de piso no aparecen en estos sitios.
Al final, reconoció los hechos, y pagó por anticipado con lo que la multa se quedó en 12.000 euros. Ahora bien, tendrán que dejar de hacer esta práctica al demostrarse que es ilegal y suprimir los datos que han conseguido de los buzones.
También tienen la obligación de informar a los afectados según la normativa.

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