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Una consumidora recibirá 12.000 euros de indemnización de ING por incluirla en su fichero de morosos sin haber contratado ningún servicio

La justicia ha dado la razón a esta mujer por la inclusión indebida en un fichero de solvencia, por lo que ING Bank deberá indemnizarle con 12.000 euros por daños morales.


Monedas y billetes de euro
Monedas y billetes de euro |Freepik
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Juzgado de 1ª Instancia Nº47 de Madrid ha dado la razón a una mujer a la que el banco ING Bank N.V., Sucursal en España había inscrito de forma incorrecta en un fichero de morosos. Por ello, la entidad deberá indemnizarla con 12.000 euros por la lesión de su derecho al honor y realizar las gestiones necesarias para su exclusión definitiva del registro, además de asumir las costas del proceso.

Según explican desde Celtibérica Abogados, quien ha sido quien ha llevado este caso representando a la afectada, que todo empezó en 2024 cuando la demandante, detectó que su banco le estaba aplicando comisiones sin motivo. Al solicitar explicaciones en una oficina, le informaron de que figuraba como morosa desde el 22 de agosto de 2021 en los registros de ING, a pesar de no haber contratado ningún servicio con dicha entidad.

Ante esta situación, la mujer acudió a interponer denuncia en una Comisaría de Policía Nacional para intentar cerrar una cuenta, la que, al parecer, había sido abierta de forma presuntamente fraudulenta, sin éxito.

Ante estos hechos, ING se defendió en que existía una relación contractual realizada por vía telemática y que se habían seguido los procedimientos adecuados para la inclusión en el fichero de morosos. A pesar de ello, el juzgado rechazó esta versión al detectar incongruencias en los datos presentados. En concreto, el contrato presentado por la entidad no coincidía con el domicilio real de la demandante, lo que invalidaba los requerimientos enviados a una dirección incorrecta y que la afectada nunca recibió.

Indemnización de 12.000 euros por inclusión incorrecta en un fichero de morosos

Según recoge la sentencia, el fallo judicial invocó a la Carta de Derechos del Usuario de Servicios de Comunicaciones Electrónicas, explicando que corresponde a la empresa verificar de forma efectiva la identidad del contratante. El no aplicar estas medidas para confirmar dicha identidad supuso una negligencia que terminó afectando al derecho al honor de la consumidora.

El juzgado consideró que la inclusión injustificada en un fichero de morosos constituía una intromisión ilegítima, y por tanto, condenó a ING a compensar el daño causado con una indemnización de 12.000 euros más intereses legales.

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