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UGT exige al Gobierno que reforme ya la indemnización por despido improcedente: está obligado a subirlas por una resolución europea

El CEDS falló hace un año que la indemnización actual es insuficiente, no repara el daño causado y no es disuasoria, al establecer un ‘tope’ máximo. Esto incumple ña Carta Social Europea.


Pepe Álvarez con Yolanda Díaz
Pepe Álvarez con Yolanda Díaz |Europa Press
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

El Gobierno está contra las cuerdas. UGT ha instado oficialmente al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) del Consejo de Europa a que requiera al Ejecutivo el cumplimiento efectivo del dictamen de marzo de 2024, en el que dieron la razón al sindicato y fallaron que la legislación española sobre el despido improcedente no se ajusta al artículo 24 de la Carta Social Europea.

Esta resolución, fruto de la demanda que presentó UGT en marzo de 2022, establece que el sistema español no garantiza una reparación adecuada ni disuasoria para los trabajadores despedidos sin causa justificada (como exige el artículo 24 de la Carta). No lo garantiza porque la actual indemnización por despido improcedente está ligada a un máximo de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades, y este ‘tope’ en determinados casos es insuficiente para reparar el daño cometido.

En consecuencia, tal y como ha expresado este jueves UGT, el Comité señaló una serie de acciones que debe acometer el Gobierno para cumplir con la Carta Social Europea, que fue ratificada por España: restituir los salarios de tramitación desde el despido hasta la resolución judicial, asegurar la posibilidad de readmisión de la persona trabajadora, sin que dependa del empresario, y establecer una indemnización suficientemente elevada que repare el daño causado y disuada al empleador de vulnerar la ley.

Sin embargo, el sindicato denuncia que, “pese a la gravedad de esta conclusión”, ni el Gobierno ni el Parlamento “han adoptado hasta ahora medidas concretas para adecuar la legislación laboral española”. Al respecto, señalan que la única mención que han hecho a una posible reforma del despido en el Plan Anual Normativo de 2025 es “vaga e insuficiente, y no contempla ninguna de las medidas exigidas por el Comité Europeo de Derechos Sociales y reiteradas por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en noviembre de 2024”.

UGT recalca el carácter vinculante de la Carta Social Europea

En línea con lo anterior, el sindicato ha manifestado que las reformas legislativas aprobadas hasta la fecha, como la Ley 2/2025 que modifica el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, mantienen elementos que ya han sido declarados contrarios a la Carta Social Europea, “como el cálculo de la indemnización según criterios económicos insuficientes, la ausencia de salarios de tramitación, o la inexistencia de una verdadera opción de readmisión”.

En este sentido, UGT ha querido recalcar que la Carta Social Europea Revisada, ratificada por España en 2021, forma parte del ordenamiento jurídico español, y que sus decisiones son jurídicamente vinculantes, como reconoció el propio Consejo de Estado en su informe previo a la ratificación.

El sindicato remarca que “no podemos aceptar que el despido injustificado siga siendo barato para el empresario y ruinoso para el trabajador. Si queremos una Europa social de verdad, no basta con proclamar derechos: hay que garantizar su cumplimiento”. 

Por ello, aseguran que seguirán trabajando “para que el Estado español cumpla con sus compromisos internacionales y garantice la protección efectiva de los derechos laborales conforme a los estándares europeos”, agregando que “la resolución está dictada hace más de un año” y “solo falta la voluntad de cumplirla”.

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