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La DGT lo confirma: si manipulamos esta pieza del coche es un delito

Existe un objeto en vehículos profesionales que mide el descanso y los tiempos de conducción de un conductor, el cual no se debe modificar.


Un Guardia Civil realizando un control en un vehículo de transporte
Un Guardia Civil realizando un control en un vehículo de transporte |Guardia Civil
Antonio Montoya
Fecha de actualización:

‘Quien hace la ley, hace la trampa’ o al menos eso dice el refrán. Pero cuando de vehículos se trata, la DGT no deja hacer la trampa con tanta facilidad. Son muchos los conductores que intentan manipular su vehículo para conseguir ahorrarse unos euros, pasar una inspección técnica o saltarse un radar, pero cuando las modificaciones traspasan el límite entre lo legal y lo ilegal es cuando estamos en peligro de incurrir en una posible sanción o hasta un delito. Esto es lo que está ocurriendo con el tacógrafo, un elemento que deben llevar todos los vehículos de uso profesional para registrar el tiempo que el conductor pasa dentro del vehículo, así como los descansos que hace. Pues son muchos los transportistas y trabajadores en carretera que alteran sus registros con el fin de cumplir plazos de entrega o elevar la rentabilidad de su servicio.

Este acto está especialmente perseguido por la Dirección General de Tráfico, ya que puede poner en juego las vidas de los conductores y de los demás que circulan por las carreteras, teniendo en cuenta que los accidentes de camión suelen causar accidentes masivos con más de un vehículo implicado.

¿Para qué sirve el tacógrafo?

El tacógrafo es un dispositivo obligatorio en vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 3.500 kilos y en autobuses con más de nueve plazas. Su función principal es registrar de forma precisa y automática los tiempos de conducción y descanso del conductor, así como la velocidad del vehículo y los kilómetros recorridos.

Este aparato, que puede ser analógico o digital, es una herramienta clave para garantizar el cumplimiento de la normativa europea sobre tiempos de trabajo, mejorar la seguridad vial y proteger los derechos laborales de los conductores profesionales. Las autoridades utilizan sus registros para controlar que se respeten los descansos obligatorios y se eviten jornadas excesivas al volante.

Cómo algunos conductores manipulan el tacógrafo

Aunque su manipulación está prohibida, existen métodos ilegales que algunos conductores o empresas utilizan para alterar los datos que registra el tacógrafo. Estas manipulaciones suelen tener como objetivo simular tiempos de descanso no realizados o borrar excesos de velocidad y de horas de conducción.

Entre las técnicas más frecuentes se encuentran el uso de imanes para anular el sensor de movimiento, la instalación de dispositivos electrónicos clandestinos, la modificación del software interno, o la utilización indebida de tarjetas de otros conductores. También se han detectado alteraciones en los discos del tacógrafo analógico o desconexiones eléctricas deliberadas.

Estas prácticas son difíciles de detectar a simple vista, pero las autoridades disponen de herramientas y procedimientos para comprobar la autenticidad de los registros, sobre todo en controles en carretera o inspecciones en empresas de transporte.

De cuánto es la sanción si te pilla la DGT

La manipulación del tacógrafo está considerada una infracción muy grave conforme a la normativa de transporte. Las sanciones económicas impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT) pueden alcanzar los 6.000 euros por vehículo y conductor, e incluso más en función de la gravedad y reincidencia.

Además de la multa, la infracción puede conllevar la inmovilización inmediata del vehículo, la pérdida de la honorabilidad para el transportista (lo que impide continuar con la actividad profesional), y en algunos casos la retirada del permiso de conducción. La empresa también puede ser sancionada si se demuestra que ha promovido o consentido la manipulación.

¿Cuándo se produce delito?

Manipular el tacógrafo no solo es una infracción administrativa, sino que puede constituir un delito penal si se acredita que ha habido una falsificación de documentos o un engaño intencionado a la autoridad. En estos casos, el Código Penal español, en su artículo 392, contempla penas de hasta 3 años de prisión por falsedad documental.

Esto puede aplicarse si, por ejemplo, se falsifican los registros de conducción, se emplean tarjetas duplicadas o robadas, o se instalan dispositivos diseñados específicamente para alterar los datos. El delito puede recaer tanto sobre el conductor como sobre la empresa si se demuestra su implicación directa.

Por lo tanto, además de las sanciones económicas y administrativas, manipular el tacógrafo puede tener consecuencias penales graves que afectan al futuro profesional del conductor y a la reputación de la empresa.

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